Adquirentes, locatarios y/o prestatarios que revistan la calidad de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados en el Impuesto al Valor Agregado; los Estados Nacional, provinciales, municipales y el Gobierno de la C.A.B.A., sus entes autárquicos y descentralizados; los colegios, consejos u otras entidades profesionales y las entidades bancarias que efectúen pagos en cumplimiento de libranzas judiciales.
Prestatarios de los servicios y locaciones establecidos por el art. 3° inc. e) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado realizados en el exterior, utilizados o explotados en el país.
Adquirentes, locatarios y/o prestatarios que revistan la calidad de responsables inscriptos, exentos o no alcanzados en el Impuesto al Valor Agregado; los Estados Nacional, provinciales, municipales y el Gobierno de la C.A.B.A., sus entes autárquicos y descentralizados; los colegios, consejos u otras entidades profesionales y las entidades bancarias que efectúen pagos en cumplimiento de libranzas judiciales.
Productores, distribuidores y adquirentes, inscriptos en el "Registro de Operadores de Productos Exentos por Destino y/o con Impuestos Diferenciados (Art. 7°, inc. d) y Art. 4°, quinto párrafo, de la Ley N° 23.966)".
Transportistas inscriptos en el "Registro de Transportistas de Productos Exentos por Destino y/o de Productos Intermedios (Art. 7°, inc. b) y d) de la Ley N° 23.966 y el Decreto N° 1016/97)".
Productores, distribuidores, adquirentes y empresas industriales, inscriptos en el "Registro de Operadores de Productos Exentos por Destino y/o susceptibles de Reintegro (Art. 7°, inc. c) y Art. agregado a continuación del Art. 9°, de la Ley N° 23.966)".
Entidades financieras y todos aquellos sujetos que intervengan en el movimiento de fondos por cuenta y orden de terceros, con las limitaciones previstas en el artículo 1° de la Ley N° 25.413.
Presentación del formulario de declaración jurada y disquete conteniendo información relativa a las operaciones de fondos no alcanzados o exentas efectuadas, correspondiente a:
Entidades financieras y todos aquellos sujetos que intervengan en el movimiento de fondos por cuenta y orden de terceros, con las limitaciones previstas en el artículo 1° de la Ley N° 25.413.
OPERACIONES DE VENTA, COMPRA, EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE BIENES Y SERVICIOS, LOCACIONES Y PRESTACIONES EFECTUADAS Y RECIBIDAS POR DETERMINADOS CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES
Adquirentes, locatarios o prestatarios inscritos en el Impuesto al Valor Agregado que realicen operaciones con sujetos que emitan comprobantes clase "M".
REGIMEN DE INCLUSION SOCIAL Y PROMOCION DEL TRABAJO INDEPENDIENTE QUE DESARROLLEN ACTIVIDAD AGROPECUARIA
Sujeto
Los Estados Nacional, Provinciales, las Municipalidades y/o el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus organismos dependientes, sociedades y/o empresas.
REGIMEN DE INCLUSION SOCIAL Y PROMOCION DEL TRABAJO INDEPENDIENTE QUE DESARROLLEN ACTIVIDAD AGROPECUARIA
Sujeto
Acopiadores, cooperativas, consignatarios, intermediarios, etc., que revistan el carácter de responsables inscriptos ante el Impuesto al Valor Agregado.
Empresas cuyas actividades se inserten en sectores de la economía protegidos por medidas de salvaguardia, dispuestas en el marco del Decreto N° 1.059/96 reglamentario de la Ley N° 24.425.
Empresas cuyas actividades se inserten en sectores de la economía protegidos por medidas de salvaguardia, dispuestas en el marco del Decreto N° 1.059/96 reglamentario de la Ley N° 24.425.
Responsables inscriptos ante el I.V.A. -excepto personas físicas que contraten locaciones alcanzadas en carácter de consumidores finales- y contratistas cuando subcontraten, total o parcialmente, las locaciones alcanzadas.
Transferencia electrónica de fondos y generación del volante electrónico de pago (VEP) en concepto de percepciones y/o retenciones efectuadas a los clubes de fútbol con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales y al Fondo Solidario de Redistribución, correspondientes a:
Presentación del soporte magnético conteniendo la información relativa a la totalidad de los vales alimentarios y/o cajas de alimentos -alcanzados, exceptuados o no alcanzados por el régimen de percepción-, que fueran entregados en el período comprendido entre los días 6 del mes anterior y el 5 del mes en curso
OPERACIONES DE VENTAS DE COSAS MUEBLES, LOCACIONES DE OBRAS, LOCACIONES DE COSAS Y DE LOCACIONES O PRESTACIONES DE SERVICIOS, GRAVADAS POR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO